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Tipos de comisiones de los fondos de inversión

Las sociedades gestoras y los depositarios podrán recibir de los fondos comisiones de gestión y de depósito y las sociedades gestoras podrán recibir de los partícipes comisiones por suscripción y por reembolso.

La comisión de gestión puede calcularse en función del patrimonio, de los resultados o de ambas variables, con ciertos límites máximos legales (2,25% del patrimonio, 18% de los resultados, 1,35% sobre patrimonio más 9% sobre resultados).

Cuando se emplee la comisión sobre resultados la sociedad gestora deberá articular un sistema que evite que un partícipe soporte comisiones cuando el valor liquidativo de sus participaciones sea inferior a un valor previamente alcanzado. Deberá optar por uno de estos dos sistemas:

  • Imputar la comisión de gestión sobre resultados sólo cuando el valor liquidativo sea superior a cualquier otro previamente alcanzado (marca de agua).

  • Articular un sistema de cargo individual a cada partícipe

La comisión de depósito no podrá exceder del 0,2% anual del patrimonio. El límite máximo para las comisiones de suscripción o reembolsos y los descuentos a favor del fondo es del 5% del valor liquidativo de las participaciones.

Las comisiones de gestión y de depósito están contenidas en el valor liquidativo, por lo que la rentabilidad que recibe el partícipe es neta de comisiones. Las comisiones y los descuentos a favor del fondo, se calculan sobre el valor liquidativo.

Las comisiones anteriores tienen un carácter general establecido por la CNMV, pero son distintas para fondos monetarios e inmobiliarios.

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